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Valoración muy positiva en la Clausura del 1er Curso ‘Gestión responsables OEA’
El pasado Jueves 18 tuvo lugar en el Instituto Internacional, en Madrid, el Acto de Clausura del Curso ‘Gestión Responsables OEA’ organizado por TARIC y la Mutualidad del Personal de Aduanas. En dicho acto, Felipe Rodrigo, Subdirector Generall de Gestión Aduanera del Dpto. de Aduanas e II.EE., impartió una conferencia sobre el futuro de la Aduana que sirvió como colofón al temario desarrollado durante los últimos cuatro meses.

Conscientes de que el éxito del curso ha residido en la calidad del profesorado y alumnos, Grupo TARIC esta planificando ya nuevas ediciones. Concretamente, se tiene previsto realizar dos nuevas formaciones en este año: una nueva edición en Madrid, prevista para Septiembre, y otra promoción en alguna de las capitales españolas con más actividad aduanera aún por confirmar.
Nueva resolución sobre el EORI
Acaba de ser publicada Resolución de 28 de enero de 2010 del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la AEAT, en la que se recoge el procedimiento para la asignación del número de Registro de Identificación de Operadores económicos (EORI)(BOE 16-2-2010).

La Resolución entra en vigor el día 17 de febrero. En un principio, a partir de esta fecha, las declaraciones de aduanas deberían incluir obligatoriamente el número EORI en lugar del NIF. No obstante, y según la nota informativa difundida por la Subdirección General de Gestión Aduanera, no se realizará aún la validación del número EORI debido a que su aplicación en determinados Estados Miembros se ha retrasado. Por lo tanto, y hasta que el sistema no alcance una aplicación homogénea en toda la Unión Europea, los operadores podrán seguir consignando su NIF. Antes de proceder a dichas validaciones, la Aduana informará sobre la fecha prevista para el inicio de las mismas.

Les recordamos que nuestras aplicaciones de gestión aduanera ya han incorporado la posibilidad de declaración del número EORI. Para ello, desde el último envío de actualización, hemos habilitado las siguientes mejoras:

- Se ha incorporado un campo EORI en los operadores (Clientes, Remitentes y Agentes) para especificar el Nº EORI correspondiente. Por defecto la aplicación usará el EORI en vez del NIF para todos aquellos operadores que lo tengan asignado, aunque puede deshabilitarse esta opción mediante configuración.

- Se ha creado una utilidad ("Util/Asignar EORI", en la versión MS-DOS o "Aplicación/Datos/Asignar EORI" en la versión Windows) que permite asignar automáticamente el número EORI a TODOS los operadores españoles que no tengan valor en dicho campo y cuyo Nif no empiece por X, Y, W, M, N.

- Para la declaraciones Import / Export de particulares sin EORI: Se debe especificar P en la casilla EORI de los datos del Importador / Exportador.
Aclaraciones respecto a la declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias (Modelo 349)
A la espera de que se publiquen las normas nacionales que regulen el contenido, forma y plazos de la declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias, ésta tendrá que realizarse de acuerdo a lo dispuesto en la Resolución de 23 de diciembre de 2009 de la Dirección General de Tributos (BOE de 29-12-2009), que prevé los siguientes cambios:
  • Inclusión de las prestaciones intracomunitarias de servicios
  • Modificación de los plazos de presentación de la declaración
Para ampliar información puede consultar la siguiente Nota:
Proyecto de Real Decreto por el que se regula la figura del Representante Aduanero
A través del Ministerio de Economía y Hacienda está disponible en fase de información pública el Proyecto de Real Decreto por el que se regula el derecho a efectuar declaraciones en Aduana y la figura del Representante Aduanero.
Para formular observaciones deben dirigirse a la Subdirección General de Gestión Aduanera (gesadu@aeat.es) del Departamento de Aduanas e II.EE.
A continuación puede consultar el texto propuesto.
Nuevo procedimiento temporal para las autorizaciones de importación por el control de Pesca Ilegal
Debido al retraso con el que se están procesando las nuevas autorizaciones de importación de pesca en la Secretaría General del Mar (Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino) establecidas en la Orden ARM/3522/2009, con el fin de agilizar este trámite, de manera transitoria la autorización podrá ser sustituida por una validación mediante sello y firma de la Secretaría General del Mar de la copia del certificado de captura remitida por mail o fax a dicho organismo:

- En la casilla 12 (certificado del Anexo II del R/CE 1005/2008) o,
- En la casilla 8 (certificado del Anexo IV del R/CE 1010/2009)

Esta copia sellada y firmada servirá temporalmente como documento de autorización para el levante de mercancías.
Principales cambios en la Resolución DUA 2010 recientemente publicada
La Resolución de 15 de diciembre de 2009 sobre las instrucciones para la formalización del Documento Único Administrativo (DUA 2010), recoge diferentes modificaciones y correcciones sobre la anterior.
A continuación pueden consultar un documento explicativo elaborado por Grupo TARIC con los cambios más significativos:
Nota de Servicio del Departamento de Aduanas referente al control en frontera de productos Ozono
El día 7 de enero de 2010 el Dpto.de Aduanas ha emitido una Nota de Servicio sobre la aplicación del R/CE 1005/2009 (L-286 31-10-2009) relativo al control de productos que contengan o puedan contener sustancias que agotan la capa de Ozono.
Control para productos y aparatos que puedan contener sustancias que agotan la capa de OZONO
A partir del 01-01-2010 la AEAT ha asignado a un conjunto de partidas arancelarias determinados códigos adicionales así como un sistema de control y licencias basados en las disposiciones del Reglamento (CE) No. 1005/2009 (resumen explicativo Reglamento) del Parlamento Europeo y del Consejo de 16-09-2009 sobre las sustancias que agotan la capa de ozono (DOUE L-286 31-10-2009).
Como resultado de la activación por parte de la AEAT de estos códigos adicionales, los DUAs de importación y exportación de mercancías de estas partidas arancelarias tienen asignado circuito naranja.
Para conocer en detalle esta situación le recomendamos consulte el documento explicativo dispuesto a continuación:
Publicada el día 30 de Diciembre de 2009 la Resolución DUA 2010
La nueva Resolución DUA 2010 ha sido publicada en el B.O.E. el 30 de Diciembre de 2009 y será aplicable a partir del 15 de Enero de 2010.
Como en otras ocasiones, TARIC y LA LEY editarán la publicación de Legislación "Especial DUA 2010" que será distribuida entre sus clientes.
Importación y exportación de productos pesqueros sujetos a controles para prevenir la pesca ilegal
El Reglamento (CE) nº 1005/2008 del Consejo de 29-09-2008 (DOUE L-286, 29-10-2008), desarrollado por la Orden ARM/3522/2009, de 23 de diciembre (BOE 315, 31-12-2009), establece la prohibición de importar productos de la pesca obtenidos mediante pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (pesca INDNR).
Para garantizar la eficacia de esta prohibición, los productos de la pesca incluidos en el capítulo 3 y partidas arancelarias 1604 y 1605 (con exclusión de los establecidos en el Anexo I del R/CE 1005/2008) que hayan sido capturados a partir del 1 de enero de 2010, únicamente podrán importarse o exportarse si van acompañados de un certificado de captura.
El certificado de captura tendrá que ser presentado a la Secretaría General del Mar, que emitirá la autorización de importación o exportación. Dicha autorización tendrá que presentarse junto con la documentación del DUA y declararla en la casilla 44 mediante uno de los siguientes códigos:
1311 - AUTORIZACION PESQUERA IMPORT.R.CE.1005/2008 (PESCA ILEGAL)
1312 - AUTORIZACION PESQUERA EXPORT.R.CE.1005/2008 (PESCA ILEGAL)

En caso de exención a la obligación de presentación de la autorización pesquera, se declarará el siguiente código:
Y927 - A LAS MERCANCIAS DECLARADAS NO SE APLICA R.CE.1005/2008 DEL CONSEJO

Para ampliar información puede acceder a la Nota de Servicio del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales, dispuesta a continuación:
Modificación del tipo de cambio para el DUA a partir del 01/03/2010
Le informamos que a partir del 01/03/2010 el tipo de cambio aplicable en los DUA de las siguientes divisas será:
Disponible nueva versión de datos arancelarios actualizados
Está disponible, para su descarga directa "on-line", la siguiente versión de dbTaric:
- Versión: 230
- Datos Nomenclatura aplicable a partir del 09-03-2010
- Datos Antidumping aplicable a partir del 09-03-2010
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