Nueva puntualización en DUA para envíos sin valor estimable y envíos de particular a particular a partir del 19-07-2022
A partir del día 19-07-2022 para acogerse a la franquicia por envíos sin valor comercial estimable o para envíos de particular a particular, recogidas en el Reglamento (CE) nº 1186/2009, será necesario lo siguiente: Envíos sin valor estimable: Deberá incluirse el código C07 / 318 (en el caso de las Islas Canarias) en la casilla 37.