10 Mar 16

Modificaciones en la forma de declarar el ARC en el DUA de exportación

Se han adaptado los siguientes aspectos del modo de declarar los ARC en el DUA de exportación, según lo dispuesto en la modificación de la Resolución del DUA:

  • Es posible incluir en un mismo DUA de exportación varios e-DA correspondientes a un mismo expedidor. Por cada partida de e-DA se tendrá que cumplimentar una partida de orden del DUA, excepto en el caso de DUA recapitulativos.
  • Se puede usar el documento C651, de la casilla 44, para declarar más de un ARC por partida del DUA en el caso de exportaciones recapitulativas (tipos Y y Z). Se admite cumplimentar un ARC en la casilla 40 del DUA complementario (tipo X).

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