16 Dic 16

Aplicación del Sistema de Registro de Exportadores (REX) en el SPG a partir del 01/01/2017

El Sistema de Registro de Exportadores (sistema REX) es el sistema de certificación del origen de las mercancías que se aplicará en el Sistema Generalizado de Preferencias (SPG) a partir del 1 de enero de 2017. Se basa en el principio de auto certificación por parte de los operadores económicos que realizarán sus propias declaraciones sobre el origen de las mercancías que van a exportar con destino a la UE.

En el marco de este sistema, para poder hacer una declaración de origen, el operador económico deberá estar registrado en una base de datos gestionada por las autoridades competentes del país beneficiario, convirtiéndose así en «exportador registrado«.

El sistema REX reemplazará progresiva y completamente el actual sistema de certificación de origen basado en certificados de origen Form A expedidos por las autoridades de los países beneficiarios y en declaraciones en factura realizadas bajo ciertas condiciones por operadores económicos. Este sistema se utilizará también entre los países beneficiarios del SPG que apliquen la acumulación regional.

El período de transición desde el actual sistema de certificación del origen al sistema REX comenzará el 1 de enero de 2017 y se prolongará durante el siguiente año (ampliable medio año más previa solicitud), ya que la UE ha permitido que aquellos países beneficiarios que lo hubieran solicitado antes del pasado 30 de junio de 2016, puedan posponer el inicio de la aplicación del sistema hasta el 1 de enero de 2018 o el 1 de enero de 2019.

La Comisión UE ha publicado la lista de países que podrán aplicar el sistema REX a partir del 1 de enero de 2017 y las de los que posponen su aplicación a las fechas mencionadas:

Aplicación del sistema REX a partir del 01/01/2017: Angola, Burundi, Bután, República Democrática del Congo, República Centroafricana, Comoras, Congo, Islas Cook, Djibouti, Etiopía, Micronesia, Guinea Ecuatorial, Guinea Bissau, India, Kenia, Kiribati, Laos, Liberia, Mali, Nauru, Nepal, Niue (Isla), Pakistán, Islas Salomón, Sierra Leona, Somalia, Sudán del Sur, Santo Tomé y Príncipe, Chad, Togo, Tonga, Timor-Leste, Tuvalu, Yemen y Zambia.

Aplicación del sistema REX a partir del 01/01/2018: Afganistán, Armenia, Bolivia, Costa de Marfil, Eritrea, Gambia, Guinea, Malawi, Mozambique, Myanmar, Níger, Ruanda, Sri Lanka, Sudan, Suazilandia, Siria y Tanzania.

Aplicación del sistema REX a partir del 01/01/2019: Bangladesh, Benín, Burkina Faso, Cabo Verde, Camboya, Haití, Indonesia, Kirguizistán, Lesoto, Madagascar, Mauritania, Mongolia, Nigeria, Paraguay, Filipinas, Samoa, Senegal, Tayikistán, Uganda, Uzbekistán, Vanuatu y Vietnam.

Muy importante: Durante este período transitorio convivirán los dos sistemas, es decir, se podrán seguir expidiendo certificados Form A para aquellos exportadores que aún no se hayan registrado en el sistema REX y se dejarán de expedir dichos certificados para los exportadores que se hayan registrado en el sistema, quienes deberán utilizar la comunicación a través del mismo.

Así, al final de este período, los envíos de más de 6000 EUR tendrán derecho al tratamiento arancelario preferencial del SPG en sus importaciones en la UE únicamente si van acompañados de una declaración sobre el origen efectuada por un exportador registrado en el sistema REX.

Más información

DG TAXUD - The REX System:

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