29 Abr 22

Modificación de medidas de salvaguardia definitivas sobre determinados productos siderúrgicos

El pasado 22 de abril de 2022 se ha publicado el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/664 de la Comisión, de 21 de abril de 2022, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/159, que impone una medida de salvaguardia definitiva contra las importaciones de determinados productos siderúrgicos, cuya entrada en vigor está prevista para el 1 de mayo de 2022.

Esta modificación responde a la necesidad de incluir en el ámbito de aplicación de las medidas de salvaguardia a los países de la Comunidad para el Desarrollo del África Meridional, que previamente estaban excluidos debido a las disposiciones del Acuerdo de Asociación Económica (AAE) entre la Unión Europea y dichos países.

Quedan, por tanto, sujetos a medidas de salvaguardia, a partir de 1 de mayo de 2022, Botsuana, Camerún, Costa de Marfil, Esuatini, Fiyi, Ghana, Lesoto, Namibia en la categoría de productos 24 (Otros tubos sin soldadura) y Sudáfrica en las categorías de productos 8 (Chapas y flejes inoxidables laminados en caliente), 9 (Chapas y flejes inoxidables laminados en frío), 10 (Chapas cuarto inoxidables laminadas en caliente) y 24.

Asimismo, se crean contingentes específicos para Sudáfrica en las categorías de productos 9 y 10.

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