19 Mar 18

Documento de transporte electrónico (ETD) como declaración simplificada de tránsito

A partir del 1 de mayo de 2018 se establece un nuevo procedimiento simplificado de tránsito para compañías de transporte aéreo o marítimo, basado en la declaración del documento electrónico de transporte (ETD).

Para poder acogerse a este nuevo procedimiento deberán cumplirse una serie de requisitos y solicitarse una autorización específica a través de la Sede Electrónica de la AEAT.

Aunque el nuevo procedimiento simplificado estará en funcionamiento previsiblemente a partir del próximo 1 de mayo, se ha establecido un periodo transitorio hasta el 1 de noviembre para la implantación definitiva del ETD como único procedimiento válido de transito simplificado para transporte aéreo o marítimo, con las siguientes características o restricciones:

  • Empresas que tengan presentada y concedida la nueva autorización antes del 1 de mayo. Con fecha límite del 1 de noviembre podrán seguir usando el procedimiento anterior de registro del tránsito en el manifiesto de carga.
  • Empresas que tengan presentada la autorización antes del 1 de mayo pero la concesión sea otorgada en fecha posterior, o bien soliciten la autorización después del 1 de mayo. Deberán presentar los tránsitos con el procedimiento normal de tránsito no simplificado (NCTS), que requiere la prestación de una garantía, hasta que obtengan la autorización y puedan declarar el documento electrónico de transporte ETD.

El proceso de concesión de la autorización no es inmediato ya que además de la Aduana española deben ser consultadas las autoridades aduaneras de otros estados miembros. Se verificará el cumplimiento de los siguientes requisitos:

  • El solicitante está establecido en el territorio de una parte contratante/territorio aduanero de la Unión.
  • El solicitante declara que va a utilizar regularmente el régimen de tránsito común/de la Unión.
  • El solicitante cumple los criterios establecidos en el artículo 39 del CAU, letras a) (historial de cumplimiento), b)( control y trazabilidad de las operaciones) y d) (nivel adecuado de competencia o de cualificaciones profesionales)
  • El solicitante opera un número significativo de vuelos/travesías entre aeropuertos/puertos de la Unión

Taric, SA está desarrollando el nuevo mensaje según las especificaciones XML publicadas por la Aduana española.

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