A partir del 10 de septiembre de 2020 se validarán por parte de la AEAT los siguientes aspectos en los envíos de DUAs de importación:
Certificados FLEGT: declaración en la casilla 44 de los documentos correspondientes para determinadas maderas y productos derivados de la madera aplicables, actualmente, a Indonesia (se podrán incorporar más países en el futuro) Precios de entrada: consistencia entre las casillas tipo de declaración, régimen 2 y naturaleza de la transacción para productos perecederos importados en régimen comercial de venta en consignación Autorizaciones DPO: se declara autorización DPO como documento en la casilla 44 para empresas con autorización de Inscripción en los Registros del Declarante (EIR) siempre que la cantidad a pagar sea mayor que cero.