La UE define la prueba documental que debe acreditar el país de “melt and pour” en las importaciones de acero desde el 1 de octubre
A partir del 1 de octubre de 2026, los importadores de productos siderúrgicos incluidos en el nuevo régimen europeo del acero deberán declarar ante la aduana de importación en la UE el país de “fusión y colada (melt and pour)” de las mercancías y disponer de la documentación que permita acreditarlo.
