3 Jun 22

Importante: Novedades en los controles sanitarios y veterinarios a la entrada (importación, transito y DVD)

La Aduana ha publicado la NI GA 11/2022 de 25 de mayo, relativa a los controles veterinarios: implantación de medidas Taric comunitarias. En ella se informa de que, a partir del 6 de junio de 2022, la aduana empezará a aplicar las medidas TARIC creadas por la Comisión Europea a efectos de realizar los controles oficiales por parte de los Servicios de Inspección de Sanidad Animal y Sanidad Exterior respecto a los animales y las mercancías que entran en la Unión con el fin de garantizar la correcta aplicación de la legislación relativa a la cadena agroalimentaria de la Unión.

En concreto estas medidas son:

  • la medida TARIC 410 – VETCT- Control veterinario en el primer punto de entrada a la UE,
  • la medida TARIC 713 – IMPOR- Control a la importación de organismos genéticamente modificados (OGM) y productos que contengan OGM (origen o procedencia China) en el primer punto de entrada a la UE, y
  • la medida TARIC 722 – FFIM - Puesta en libre circulación (restricción - piensos y alimentos) (origen o procedencia Japón) en el primer punto de entrada a la UE.

Los controles de estas tres medidas se realizarán en los despachos a libre práctica, tránsito y DVD.

La implantación de estas medidas TARIC no implica ningún cambio en la tramitación de los certificados electrónicos necesarios para la introducción en el territorio de la Unión de los productos afectados ante las autoridades nacionales competentes. Por tanto, como hasta ahora, el control será efectuado por S.G. de Sanidad Exterior (Ministerio de Sanidad) sobre productos destinados a consumo humano y por la S.G. de Sanidad Animal (Ministerio de Agricultura) sobre los animales vivos y los productos no destinados a consumo humano tales como los productos para alimentación animal o para la industria farmacéutica veterinaria.

Las cuestiones más significativas son las siguientes:

  • Los productos sujetos actualmente a las siguientes medidas nacionales se ajustarán y modificarán de acuerdo con las medidas comunitarias:

    • SNM (control sanitario de productos a la importación)
    • TST (tránsito, control sanitario de productos a la introducción)
    • VIM (control veterinario de productos a la importación)
  • A partir del 5 de junio de 2022 se eliminan las siguientes medidas:

    • SAV (Control Sanitario o Veterinario)
    • TVE (Tránsito, Control Veterinario)
  • Se incluye una relación de las claves de los diferentes certificados a puntualizar en la casilla 44 en los DUAS de importación y tránsito o en la casilla ED_2_3_DocCertiAutoriz del DVD para cada medida comunitaria y nacional.

  • A partir del 6 de junio, el código C657 de la casilla 44 “Certificado Sanitario” no podrá utilizarse en las declaraciones aduaneras, con la excepción de los casos de modificaciones de declaraciones anteriores en las que ya estuviera declarado en la casilla 44.

  • Se establece un modelo de Declaración de mercancías exentas de controles en frontera. Se trata de una declaración responsable del importador que se podrá presentar en los casos que la normativa lo establezca haciendo constar que los productos no están afectados por el control. Se debe declarar con la clave 1413.

  • Para facilitar y agilizar el despacho de las mercancías, los servicios de inspección de Sanidad Exterior y Sanidad Animal han aumentado el número de productos para los que admite la declaración responsable del importador. Para ello deberá existir una nota que permita la presentación de ese documento.

Así, a partir del 6 de junio de 2022 las bases de datos arancelarias y programas de gestión aduanera de Taric incorporarán las siguientes observaciones para incluir las medidas comunitarias de inspección a la entrada:

  • VETCT Control Veterinario Comunitario de introducción (Importación, Tránsito y DVD).- Medida Taric 410
  • OGM Control de introducción Organismos Genéticamente Modificados (Importación, Tránsito y DVD) .- Medida TARIC 713
  • FUKUS Control de introducción productos Fukushima (Importación, Tránsito y DVD) .- Medida TARIC 722

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