19 Dic 23

Tránsitos NCTS5 | Pre declaraciones de tránsito

Una de las novedades más significativas en el sistema NCTS5 es el cambio que permite al Obligado Principal (Obligado) del tránsito presentar una pre declaración de tránsito antes de que las mercancías sean presentadas ante la Aduana de Partida española.

De esta forma el Obligado puede enviar la pre declaración (mensaje CC015C) cuando mejor le convenga y posteriormente, cuando ya se presenten las mercancías ante la Aduana de Partida, enviar la Notificación de Presentación de mercancías (mensaje CC170C).

El operador envía la pre declaración mediante el mensaje CC015C, reflejando una D en el elemento Additional declaration type, que indica que se trata de una pre declaración que queda en estado PA (Pre Declarada). Mientras permanezca como pre declaración, dicho tránsito puede ser modificado, tantas veces como sean necesarias (mensaje CC013C), o anulado por el operador (mensaje CC014C).

El operador tiene 30 días de plazo máximo para presentar la mercancía ante la Aduana de Partida, mediante la Notificación de Presentación de mercancías (mensaje CC170C).

Si el mensaje es correcto, la pre declaración se convierte en declaración admitida y el elemento Additional declaration type se convierte en A, quedando en el estado correspondiente:

  • DE (Despachada): si la garantía está presentada ante la Aduana española y tiene saldo disponible
  • PD (Pendiente de despacho): si la garantía está presentada ante la Aduana española pero el circuito obtenido es naranja o rojo
  • PG (Pendiente de garantía): si la garantía está presentada ante la Aduana de otro Estado miembro y requiere de verificación por parte de la AEAT.

Si en ese plazo, el operador no envía una Notificación de Presentación de mercancías (mensaje CC170C) correcta ante la Aduana de Partida, la pre declaración se invalidará de oficio

Flujo de una pre declaración

En el siguiente esquema se refleja el intercambio de mensajes con la AEAT desde que se presenta una pre declaración, hasta que ésta se convierte en una declaración de tránsito, mediante el mensaje de Notificación de presentación de mercancías en la Aduana de Partida.

Es importante destacar, que la pre declaración no data declaraciones sumarias, no data documentos de depósito, ni hace el trabado en las garantías de tránsito. El datado y trabado se producirá cuando la pre declaración pase a ser una declaración admitida.

Modificación de una pre declaración

Mientras que la pre declaración permanezca como pre declaración, es decir, se mantenga en el estado PA (Pre Declarada), puede ser modificada por el operador tantas veces como lo necesite. Sin embargo, las declaraciones admitidas nunca podrán ser modificadas por el operador, y solo podrán serlo, en determinadas circunstancias, por los actuarios de la Aduana.

Para modificar una pre declaración el mismo operador (Holder y/o Representante) que envió la pre declaración (mensaje CC015C) debe enviar al sistema de la AEAT el mensaje de Modificación de pre declaración (mensaje CC013C).

La pre declaración puede ser modificada tantas veces como sea necesario. No obstante, los siguientes datos declarados no son modificables:

  • Tipo de declaración
  • Indicación de que la declaración contiene datos de seguridad
  • Aduana de partida
  • Identificación del Obligado principal del Tránsito (titular del régimen)
  • Identificación del Obligado principal del Tránsito TIR (titular del régimen)
  • Identificación (NIF) del Representante del Obligado principal (si lo tiene)

El mensaje de Modificación de pre declaración (CC013C) debe contener todos los datos de la pre declaración, no solo aquellos que son objeto de modificación.

El operador recibe como respuesta síncrona desde la AEAT un mensaje en el que se informa del resultado del proceso de entrada del mensaje de modificación enviado.

Si el mensaje enviado tiene errores funcionales o de validación XML, se le informa de ellos, y no se admite la modificación, permaneciendo la pre declaración con los datos anteriores y en estado PA (Pre Declarada). Si no tiene errores, se modifican totalmente los datos de la pre declaración con los que contiene el mensaje de Modificación de pre declaración (CC013C) y la pre declaración permanece en estado PA (Pre Declarada).

Las modificaciones correctas de pre declaraciones siempre se admiten. La fecha de alta y la fecha provisional de admisión no se modifican, ya que son las que marcan la fecha de caducidad de 30 días de la pre declaración.

Con el fin de hacer lo más accesible posible la guía Técnica publicada por la AEAT, hemos confeccionado la Guía Taric NCTS5, un documento en continua actualización en el que analizamos y organizamos la información de la AEAT sobre el nuevo sistema de tránsitos.

La Guía Taric NCTS5 está a disposición de nuestros clientes en Taric Learning, la biblioteca de información técnica ubicada en la zona privada de cada usuario Taric.

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