La implantación del nuevo sistema de importación CAU, obligatorio a partir del 14/10/2025, supone una importante transformación en las declaraciones de importación.
Este sistema tiene por objeto incorporar los requisitos del CAU y sus reglamentos de aplicación a las declaraciones de importación, incluyendo la cobertura de las declaraciones simplificadas, el procedimiento simplificado de Inscripción en los Registros del Declarante (EIR), la presentación de predeclaraciones, cuando la mercancía aún no se encuentra a disposición de la aduana, así como de las declaraciones de Despacho Centralizado Europeo de importación (CCI).
El nuevo esquema de importación sigue la línea de los sistemas AES y NCTS5 e implica un profundo cambio en la filosofía de las declaraciones de importación que se refleja, entre otros aspectos, en:
Guías técnicas de importación de la AEAT ganan relevancia a la hora de comprender el sistema. Su importancia es equivalente a la actual Resolución del DUA donde se detalla cómo cumplimentar la declaración/mensaje con el sistema preCAU.
Lista de tablas de códigos de la AEAT fundamental a la hora de declarar los datos de manera correcta, así como de interpretar posibles errores.
Estructura de datos: se pasa de las casillas en el sistema preCAU a los grupos y elementos de datos.
En el nuevo sistema de importación CAU las declaraciones se estructuran en hasta 3 niveles:
Nivel | Multiplicidad |
---|---|
Cabecera ImportOperation | 1 cabecera por declaración |
Subcabecera o envío GoodsShipment | 1 subcabecera por declaración salvo en las declaraciones con código adicional de declaración {U,V} |
Partida GoodsShipmentItem | Hasta 999 partidas |
Solo es posible declarar más de 1 nivel subcabecera en los siguientes tipos de declaración:
En el siguiente gráfico se refleja la estructura habitual de las declaraciones de importación:
Algunas de las novedades más relevantes sobre los grupos y elementos de datos a declarar en el sistema CAU de importación afectan a los siguientes datos:
El nuevo sistema de importación CAU consta de los siguientes mensajes:
Se ha eliminado la posibilidad de declara el valor EU y, únicamente es posible declarar los siguientes valores en la antigua casilla 1.1:
En el sistema CAU existen dos datos relativos al origen (antigua casilla 34):
Desaparece la clave “0: Mercancía comunitaria en intercambios entre las partes del territorio de aduanero la Unión” aplicable en la antigua casilla 36.
Las nuevas claves de preferencia se incluyen en la tabla CSRDC603 - Códigos de preferencia
En la antigua casilla 37.1 (régimen) las novedades más relevantes son las siguientes:
En cuanto al régimen adicional, antigua casilla 37.2, en el sistema de importación CAU se podrán declarar un máximo de 5 códigos en lugar de los 3 actuales.
En el caso de Despacho Centralizado Europeo (CCI) en el que el país validador no sea Españana, está previsto que se puedan declarar hasta 9 regímenes adicionales comunitarios + 3 nacionales
Las unidades se declaran siguiendo las especificaciones establecidas por la Comisión Europea (NAR, KGMG…) como en el resto de las declaraciones adaptadas al CAU (AES, NCTS5…).
Las nuevas claves de las unidades se incluyen en la tabla CSRDC349 - Unidades
En el sistema CAU de importación se sigue la línea de AES y NCTS5 y se desagregan los documentos de la antigua casilla 44 en los siguientes grupos:
Estos documentos, deben declararse en el nivel de la declaración que corresponda: cabecera, subcabecera o partida.
La declaración de valor DV1 desaparece en el sistema de importación CAU. Las adiciones y deducciones de valor se deberán realizar en los ajustes de partida.
Entre los operadores que pueden participar en una declaración de importación, tenemos los siguientes:
En la siguiente tabla, se recogen las distintas aduanas que se pueden tener que declarar en el marco del sistema de importación CAU:
Aduana | Descripción | Observaciones |
---|---|---|
Aduana de despacho CustomsOfficeOfImport | Aduana ante la que se presenta la declaración de importación | Obligatoria |
Aduana de presentación CustomsOfficeOfPresentation | Aduana de presentación |
Obligatoria incluso cuando coincide con la de despacho |
Aduana de supervisión SupervisingCustomsOffice | Aduana de supervisión del Régimen Especial | Obligatoria cuando se indique un régimen especial (antigua casilla 37.1) y la Aduana de supervisión del régimen sea distinta a la Aduana de despacho |
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