6 Oct 26

La UE fija en 2 euros por artículo la nueva tasa de gestión para las importaciones de comercio electrónico

La Comisión Europea ha adoptado el texto del Reglamento Delegado C(2026) 6694 final, que fija en 2 euros por artículo el importe de la nueva tasa de gestión de la Unión (Union handling fee) aplicable a determinadas importaciones derivadas de ventas a distancia.

El acto fue adoptado el 21 de septiembre de 2026 y completa el artículo 20 del Reglamento (UE) 2026/2108, por el que se establece el nuevo Código Aduanero de la Unión. A fecha de publicación de esta noticia, el Registro de documentos de la Comisión indica que el Reglamento Delegado todavía no está en vigor, ya que el documento está bajo la revisión del Parlamento Europeo y del Consejo de la UE.

Una tasa de 2 euros por artículo (línea de declaración) y sin umbral de valor

La nueva tasa se aplicará a las mercancías vendidas mediante ventas a distancia desde fuera de la Unión Europea cuando se solicite su despacho a libre práctica. Su importe será de 2 euros por artículo o línea de declaración, con independencia del valor del envío. Esto significa que no se cobrará por paquete físico, sino por cada tipo o categoría de producto declarado.

Hay que tener en cuenta el nivel al que se declare la operación:

  • Si se tramita mediante la declaración H7 (la declaración simplificada habitual para envíos de escaso valor): el nivel de declaración exigido es a 6 dígitos (Sistema Armonizado - HS). Todos los artículos del paquete que compartan los mismos primeros 6 dígitos se agrupan en una única línea, por lo que solo pagan una tasa de 2 euros.
  • Si el operador utiliza una declaración H6 (la declaración para envíos postales): el nivel exigido será a 8 dígitos (Nomenclatura Combinada). Si los artículos coincide en sus 8 primeros dígitos, se consolidan en la misma declaración
  • Si se presenta un H1 (la declaración estándar): el nivel exigido será a 10 dígitos. La separación por línea es estricta según la descripción y origen exacto del producto.

La tasa no se limita a los envíos cuyo valor no supera los 150 euros. También resultará aplicable a las ventas a distancia de mayor valor, sujetas a los derechos de importación que correspondan de acuerdo con su clasificación arancelaria.

La administración tributaria y aduanera irlandesa - Revenue ofrece los siguientes ejemplos para explicar el cálculo:

  • Un paquete con un bolígrafo, un cuaderno y un llavero contiene tres artículos diferentes y soportaría una tasa de gestión de 6 euros.
  • Un paquete con dos bolígrafos idénticos se considera compuesto por un único artículo y soportaría una tasa de 2 euros.

Una medida distinta del derecho temporal de 3 euros

La tasa de gestión no debe confundirse con el derecho de aduana temporal de 3 euros por artículo que se aplica desde el 1 de julio de 2026 a las ventas a distancia de mercancías importadas en envíos con un valor intrínseco igual o inferior a 150 euros.

Ambas cargas son independientes y pueden acumularse:

Valor y contenido del envío Derecho de importación Tasa de gestión
Envío de hasta 150 euros con un artículo 3 euros 2 euros
Envío de hasta 150 euros con tres artículos diferentes 9 euros 6 euros
Envío superior a 150 euros El correspondiente según la clasificación y el valor de las mercancías 2 euros por artículo

El importe resultante se añadirá, cuando proceda, al IVA a la importación y a los demás derechos y gastos aplicables.

Quién debe abonar la tasa

El nuevo Código Aduanero atribuye el pago de la tasa al deudor de la deuda aduanera. La medida está dirigida a los operadores, plataformas y empresas que intervienen en la introducción de mercancías de comercio electrónico en la UE, aunque su coste podrá repercutirse al comprador.

Según la información publicada por Revenue, cuando el vendedor traslade el coste al consumidor, este podrá abonarlo:

  • En el momento de la compra, si la plataforma lo incluye en el precio final.
  • Antes de la entrega, a través del operador postal o la empresa de transporte, cuando no se haya cobrado en origen.

La tasa no será reembolsable, incluso cuando las mercancías sean defectuosas o se devuelvan. No se aplicará a compras expedidas desde un Estado miembro de la UE. La guía irlandesa también excluye los regalos enviados entre particulares, al no constituir ventas a distancia.

Importe reducido para depósitos aduaneros pendiente de desarrollo

El artículo 20.4 del nuevo Código prevé un importe inferior para las mercancías procedentes de un depósito aduanero específico para ventas a distancia.

El Reglamento Delegado C(2026) 6694 no establece todavía esa cuantía reducida. Su importe deberá fijarse mediante un acto posterior, en relación con la aplicación del sistema previsto para estos depósitos a partir del 1 de julio de 2028.

Aplicación prevista a partir del 1 de noviembre

La Comisión adoptó el Reglamento delegado el 21 de septiembre y lo remitió al Parlamento Europeo y al Consejo para el control correspondiente. Antes de que la tasa pueda exigirse deben completarse la publicación del acto en el Diario Oficial de la Unión Europea y su entrada en vigor.

El artículo 20 del nuevo Código establece que la obligación comenzará a aplicarse diez días después de la entrada en vigor del Reglamento delegado. El Parlamento Europeo anunció el 1 de noviembre de 2026 a más tardar como fecha de inicio, pero la aplicación efectiva queda condicionada a que concluya previamente el procedimiento legislativo europeo.

Por ello, los operadores deben prepararse para incorporar la nueva tasa a sus procesos de cálculo, garantías, cobro y comunicación de costes, sin confundir la adopción del acto con su entrada en vigor.

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